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Seguro de Auto
Beneficios
Descripción
Sabemos lo importante que puede ser tu auto y lo que esto representa para ti. Por medio de las diferentes coberturas de Seguro de Auto Preferente, obtienes la tranquilidad y protección que necesitas como conductor y/o pasajero contra daños, robo o pérdida total de tu vehículo. Adicionalmente se cubren los daños a terceros, ya sean bienes o personas, que ocasione tu vehículo en caso de algún percance.(1)
Para mayor información, conoce el Detalle de coberturas
(1) Los Seguros Preferente son operados por Seguros Banorte S. A. de C. V. Grupo Financiero Banorte. La marca Preferente es una marca registrada propiedad de Grupo Financiero Banorte S.A.B de C.V.
Cómo obtenerlo
Para contratar tu Seguro de Auto es necesario que cubras los siguientes requisitos:
Datos generales del contratante y asegurado
Datos generales del auto a asegurar
Sabemos lo inconveniente de tener un incidente que cambie tus planes. Cuenta con nuestra atención y servicio en esos momentos en que más lo necesitas.
Tu póliza puede cancelarse por los siguientes motivos: Si el pago de tu recibo no es realizado dentro de los 30 días de inicio de su vigencia o si en el periodo de vigencia de tu póliza tuviste más de tres eventos o siniestros.
Sí, cuenta con nuestro servicio. El ajustador asistirá al lugar del incidente; si el número de serie indicado en tu póliza es diferente al de tu tarjeta de circulación por lo menos en tres dígitos, éste podrá ser corregido automáticamente; si hay más de tres números diferentes, tendrás que marcar a la Línea Preferente para solicitar su corrección, atendiendo telefónicamente las indicaciones del ejecutivo. Una vez que hayas realizado la corrección de tu número de serie en tu póliza, puedes recibir el servicio de reparación de tu auto.
Sí, en cobertura de Responsabilidad civil.
No, por ningún motivo estás obligado a hacerlo.
El deducible se debe pagar invariablemente. Sin embargo, cuando eres tú el afectado y el responsable tiene seguro, no pagas deducible.
La reparación quedará a cargo del asegurado.
La compañía de seguros pagará el excedente a la cantidad que resulte como deducible.
30 días a partir de la fecha de denuncia.
A la obligación que tenemos como aseguradora de indemnizar el daño que tú como asegurado ocasionas a un tercero, tanto en sus bienes como en su persona, siempre y cuando este daño ocasionado no haya sido intencional.
A toda aquella persona que no vive y no depende económicamente del asegurado.
Esta cobertura se extiende para amparar al primer titular o persona física de la póliza, contra los mismos riesgos que amparan la responsabilidad civil, cuando se encuentre como conductor de cualquier otro vehículo similar en clase, tipo, uso, servicio y tonelaje, al amparado en la póliza.
Sí, aunque es un delito culposo. Esto quiere decir que cometiste un acto de forma accidental y no es doloso o intencional; sin embargo, debes reparar el daño que le ocasionas a un tercero.
Si hay heridos, sí te podrían detener. Recuerda que tenemos la obligación de comparecer ante la autoridad para que sea ésta la que determine quién es el culpable.
Sí. Dentro de la cobertura de Servicios de Asistencia se encuentra la asistencia jurídica.
Al ocurrir un siniestro donde el asegurado quede a disposición de la autoridad, la compañía asignará el caso a un abogado para que represente al asegurado y gestione su libertad, pagando la fianza correspondiente.
Sí, en caso de tener un accidente, nuestra alianza ofrece un gran respaldo a través de una amplia red de ajustadores, quienes te atenderán en idioma español.
Documentos
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