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Infraestructura

Decídase por la mejor opción para el desarrollo e inversión de proyectos de infraestructura

Beneficios

Logre una administración eficaz de su proyecto con seguridad jurídica para las partes.

 

  • Obtenga transparencia administrativa.
  • Reciba agilidad operativa.
  • Adquiera derecho a designar o remover un Comité Técnico.
  • Alcance total control presupuestal.
  • Puede solicitar rendición de cuentas en todo momento.

Descripción

Desarrolle sus proyectos de infraestructura con seguridad y transparencia administrativa.

 

Un fideicomiso es un contrato regulado en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), por virtud de la cual una persona física o moral, denominada fideicomitente(1), destina ciertos bienes o derechos a una entidad financiera, denominada institución fiduciaria(2), encomendándole la administración de dichos bienes y el cumplimiento de ciertos fines, en beneficio de una tercera persona física o moral, denominada fideicomisario(3).

 

Mediante el Fideicomiso de Infraestructura atendemos principalmente las necesidades y requerimientos de su empresa concesionaria de servicios públicos federales, estatales o municipales para el desarrollo, operación y mantenimiento de los proyectos, como carreteras, centros de readaptación social, hospitales y parques eólicos, entre otros. Para llevar a cabo obras de tal magnitud y lograr la fusión de intereses y recursos necesarios, la mejor opción es un fideicomiso de infraestructura.

 

Producto ofrecido por Banco Mercantil del Norte, S. A.

(1) Fideicomitente: Persona física o moral que es propietaria y/o titular de ciertos bienes y/o derechos que desea afectar en fideicomiso para la realización de determinados fines.

(2) Fiduciario: Entidad financiera (Instituciones de Crédito, de Seguros, de Fianzas, Casas de Bolsa, Sociedades Financieras, Almacenes Generales de Depósito y Uniones de Crédito) que recibe la propiedad de los bienes y/o derechos, convirtiéndose en propietario y/o titular de los mismos, para destinar dichos bienes y/o derechos a los fines establecidos en el contrato de fideicomiso.

(3) Fideicomisario: Persona física o moral que el fideicomitente designa como beneficiario en el fideicomiso.

Cómo obtenerlo

Contacte a un especialista fiduciario en cualquiera de nuestras sucursales.


Le invitamos a que contacte a uno de nuestros especialistas fiduciarios en cualquiera de nuestras sucursales Banorte, quien con gusto le atenderá. Localice la más cercana en la sección de Ubíquenos.

Preguntas frecuentes

Consulte a nuestros expertos, estamos para ayudarle.

Es un contrato por virtud del cual una persona física o moral, denominada fideicomitente, transmite bienes o derechos a una entidad financiera denominada fiduciaria, encomendándole la realización de determinados fines en beneficio de una tercera persona física o moral denominada fideicomisario, que puede ser el propio fideicomitente.

50 años prorrogables.

Documentos y enlaces

Ligas de interés