Ligas de interés
Infraestructura
Beneficios
Logre una administración eficaz de su proyecto con seguridad jurídica para las partes.
- Obtenga transparencia administrativa.
- Reciba agilidad operativa.
- Adquiera derecho a designar o remover un Comité Técnico.
- Obtenga un mejor control de su presupuesto.
- Puede solicitar rendición de cuentas en todo momento.
Descripción
Desarrolle sus proyectos de infraestructura con seguridad y transparencia administrativa.
Un fideicomiso es un contrato regulado en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), por virtud del cual una persona física o moral, denominada fideicomitente(1), destina ciertos bienes o derechos a una entidad financiera, denominada institución fiduciaria(2), encomendándole la administración de dichos bienes y el cumplimiento de ciertos fines, en beneficio de una tercera persona física o moral, denominada fideicomisario.(3).
Mediante el Fideicomiso de Infraestructura atendemos principalmente las necesidades y requerimientos de su empresa concesionaria de servicios públicos federales, estatales o municipales para el desarrollo, operación y mantenimiento de los proyectos, como carreteras, centros de readaptación social, hospitales y parques eólicos, entre otros. Para llevar a cabo obras de tal magnitud y lograr la fusión de intereses y recursos necesarios, la mejor opción es un Fideicomiso de Infraestructura.
Producto ofrecido por Banco Mercantil del Norte, S. A.
(1) Fideicomitente: Persona física o moral que es propietaria y/o titular de ciertos bienes y/o derechos que desea afectar en fideicomiso para la realización de determinados fines.
(2) Fiduciario: Entidad financiera (Instituciones de Crédito, de Seguros, de Fianzas, Casas de Bolsa, Sociedades Financieras, Almacenes Generales de Depósito y Uniones de Crédito) que recibe la propiedad de los bienes y/o derechos convirtiéndose en propietario y/o titular de los mismos, para destinar dichos bienes y/o derechos a los fines establecidos en el contrato de fideicomiso.
(3) Fideicomisario: Persona física o moral que el Fideicomitente designa como beneficiario en el Fideicomiso.
Cómo obtenerlo
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Preguntas frecuentes
Consulta a nuestros expertos, estamos para ayudarte.
Es un contrato por virtud del cual una persona física o moral, denominada fideicomitente, transmite bienes o derechos a una entidad financiera denominada fiduciaria, encomendándole la realización de determinados fines en beneficio de una tercera persona física o moral denominada fideicomisario, que puede ser el propio fideicomitente.
50 años prorrogables.