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Grado de capacidad y oportunidad de pago del emisor a sus inversionistas. Bajo el rubro de "calidad crediticia", las calificadoras de valores evalúan la experiencia e historial de la administración de una sociedad de inversión; sus políticas operativas, controles internos y toma de riesgos; la congruencia de la cartera con respecto al prospecto, así como la calidad de los activos que componen la sociedad de inversión.
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Instituciones independientes que dictaminan las emisiones de instrumentos representativos de deuda para establecer el grado de riesgo que dicho instrumento representa para el inversionista. Evalúan la certeza de pago oportuno del principal e intereses y constatan la existencia legal de la emisora, a la vez que ponderan su situación financiera.
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Organismo que en los mercados financieros ejerce la función de garante de todas las transacciones. La cámara se sitúa de eje de la transacción convirtiéndose en comprador frente al vendedor y en vendedor frente al comprador.
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Conjunto de acciones de diferentes series y emisoras que constituye una unidad de referencia para la emisión de contratos de derivados.
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Constituye el cambio físico de un título en circulación, por otro; las razones que lo originan pueden ser: por terminación de cupones, un split, un reverse-split, cambio de razón social de la emisora, fusión de la emisora o escisión de la emisora.
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Suma de todos los recursos, bienes y valores movilizados para la constitución y puesta en marcha de una empresa; es su razón económica / Cantidad invertida en una empresa por los propietarios, socios o accionistas.
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El dinero que se invierte para obtener una venta. El monto total de recursos de una persona física o moral, que puede expresarse como capital bruto o capital neto. El valor nominal de un título o instrumento, que no incluye los intereses.
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Resulta de multiplicar el número de acciones en circulación de una compañía por su precio de mercado. Indica el valor de mercado de la compañía.
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Se refiere a todas las operaciones, a la vista o a plazo, que involucran recibir dinero del público, sea como depósito, participación, cesión o transferencia de efectos de comercio o en cualquiera otra forma.
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Conjunto de títulos valores en poder de una persona natural o jurídica.
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Intermediarios autorizados para realizar intermediación en el mercado bursátil. Se ocupan de las siguientes funciones: realizar operaciones de compraventa de valores, brindar asesoría a las empresas en la colocación de valores y a los inversionistas en la constitución de sus carteras, recibir fondos por concepto de operaciones con valores, y realizar transacciones con valores mediante los sistemas electrónicos de la BMV por intermediación de sus operadores.
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Títulos de crédito a través de los cuales una institución bancaria documenta los depósitos a plazo que recibe del público, con la obligación de restituirlos en efectivo en un plazo determinado, más el pago de un interés periódico.
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Dependencia de la AMIB que se encarga de impartir cursos de actualización para la industria bursátil.
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Certificados de plata. Títulos de crédito emitidos por instituciones bancarias con respaldo fiduciario de 100 onzas troy de plata.
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Títulos de crédito al portador, emitidos por el gobierno federal, por los cuales éste se compromete a pagar una suma fija de dinero en una fecha determinada. Los valores referidos se emiten por conducto de la SHCP. El Banco de México actúa como agente exclusivo para la colocación y redención de dichos títulos.
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Término de una sesión bursátil, de acuerdo con los horarios oficiales. Registro de las operaciones realizadas y del nivel alcanzado por las cotizaciones de los títulos operados en la BMV durante una sesión.
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Disposiciones emitidas por la CNBV.
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Órgano de la SHCP, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, que regula la operación de las bolsas de valores, el desempeño de los intermediarios bursátiles y el depósito central de valores. La CNBV puede ordenar la suspensión de la cotización de valores o intervenir administrativamente a los intermediarios que no mantengan prácticas sanas de mercado. Es la entidad responsable de mantener el Registro Nacional de Valores, en el que se inscribe todo valor negociado en la BMV.
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Organo de la SHCP, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, que regula la operación de las bolsas de valores, el desempeño de los intermediarios bursátiles y el depósito central de valores. La CNBV puede ordenar la suspensión de la cotización de valores o intervenir administrativamente a los intermediarios que no mantengan prácticas sanas de mercado. Es la entidad responsable de mantener el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, en el que se inscriben los intermediarios bursátiles y todo valor negociado en la BMV.
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En el caso de empresas es un índice que mide la capacidad para cubrir vencimientos de capital e interés con cargo a los ingresos. En el caso de operaciones con valores es la compra de valores por el cliente, con la instrucción al intermediario de utilizarlos para cubrir una posición en corto.
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Capacidad de una empresa para cubrir el servicio de su deuda con costo.
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Indica la relación entre el valor de mercado de las deudas a medio-largo plazo y el valor de mercado de los fondos propios. También puede calcularse dividiendo el valor de mercado de las deudas a medio-largo plazo entre el valor de mercado del total de la financiación de la empresa a medio-largo plazo.
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Número de contratos del instrumento de cobertura utilizado para cubrir una unidad del activo a proteger.
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Conocido como Beta, indica cuánto varía el rendimiento de un activo cualquiera en relación con el rendimiento del mercado en el que se negocia.
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Es la venta efectiva de activos financieros, por la propia entidad emisora, o a través de intermediación. Puede conceptuarse también como la actividad conducente a transformar los excedentes de ahorro invirtiéndolos en los diferentes activos.
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Retribución que paga el inversionista a un corredor o casa de bolsa por ejecutar una orden de compra o venta de los valores negociables en la bolsa de valores o por administrar los valores del cliente.
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Ajuste de cargos y abonos entre los compradores y vendedores en relación a la compra y venta de títulos-valores.
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Aviso que inmediatamente después de la transacción bursátil confirma en detalle la compra-venta realizada entre las partes.
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Contrato estandarizado en plazo, monto, cantidad y calidad, entre otros, para comprar o vender un activo subyacente, a un cierto precio, cuya liquidación se realizará en una fecha futura determinada. Si en el contrato de Futuro se pacta el pago por diferencias, no se realizará la entrega del activo subyacente. De acuerdo con el subyacente es como se determina el tipo de futuro.
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Contrato suscrito por un inversionista con una casa de bolsa mediante el cual le otorga la facultad para comprar y vender valores en su nombre.
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Contrato estandarizado, en el cual el comprador, mediante el pago de una prima, adquiere del vendedor el derecho, pero no la obligación de comprar o vender un activo subyacente a un precio pactado en una fecha futura, y el vendedor se obliga a vender o comprar, según corresponda, el activo subyacente al precio convenido. El comprador puede ejercer dicho derecho, según se haya acordado en el contrato respectivo. Si en el contrato de opción se pacta el pago por diferencias, no se realizará la entrega del activo subyacente.
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Contrato normalizado a través del cual, el comprador adquiere el derecho, pero no la obligación, de comprar el Activo Subyacente a un precio pactado (Precio de Ejercicio) en una fecha futura (Fecha de Liquidación). Por su parte, el vendedor del Call adquiere la obligación de vender dicho Activo al precio pactado en la fecha pactada. El comprador del Call deberá pagar una cantidad, la Prima, por la compra del derecho, cantidad que ingresa el vendedor del Call.
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El realizado por dos partes que acuerdan comprar o vender un artículo específico en una fecha futura. Difiere de un futuro en que es contratado directamente entre las partes, sin intervención de una cámara de compensación y sólo puede realizarse hasta su vencimiento.
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Un valor, por lo general bono o acción preferente, que a opción del tenedor puede cambiarse por un número fijo de otros valores de la empresa emisora, generalmente por acciones comunes.
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Personas físicas o morales autorizadas por la ley para realizar operaciones en el mercado de valores.
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Actividad de intermediación definida por el Código de Comercio que se refiere a la compra o venta de bienes por cuenta de terceros.
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Precio registrado en una bolsa cuando se realiza una negociación de valores.
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Certificado de Participación Ordinaria. Títulos representativos del derecho provisional sobre los rendimientos y otros beneficios de títulos o bienes integrados en un fideicomiso irrevocable.
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Interés, Promedio Ponderado, que paga la banca múltiple en la captación de recursos financieros. En México, la institución encargada de calcular y dar a conocer este porcentaje es el Banco de México.
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El intermediario bursátil actúa simultáneamente como agente del comprador y del vendedor en una transacción del mismo número de acciones, precio y fecha, observando los procedimientos establecidos.
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Cuenta de Utilidad Fiscal Neta.
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Pequeño certificado adjunto al certificado principal de un bono u obligación que representa un interés que debe pagarse a la presentación del mismo. Por derivación en el uso del mercado, la tasa de interés que el emisor promete pagar durante la vida de un bono u otra obligación.
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Se entenderá por custodia el servicio de guarda física de los valores y/o su registro electrónico en un banco o en una institución para el depósito de valores, en la cual el banco o el depósito (según sea el caso) asume la responsabilidad por los valores en depósito.
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Institución que guarda los valores para el cliente. En México, la guarda de valores la realiza el Instituto para el Depósito de Valores. (INDEVAL).
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