Tipos de beneficios
Solicita los beneficios de tu Cuenta Individual identificando el tipo de retiro que deseas realizar.
Te apoyamos en todo momento para que realices tus trámites de manera sencilla y sin complicaciones.
Ayuda por Desempleo
Para poder solicitar tu Ayuda por desempleo, a partir del 2 de marzo deberás tener completo tu Expediente de Identificación. Para más información visita www.xxi-banorte.com.
Acude a la Subdelegación del IMSS que te corresponde, de acuerdo con tu domicilio, donde deberás entregar:
- Original y copia de cualquier documento en el que aparezca tu Número de Seguridad Social (NSS)
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma
- Los dos últimos estados de cuenta de Afore XXI Banorte
- Solicitud de Certificado de Baja (con tus datos y firma) que se proporciona en la misma Subdelegación para obtener la certificación
Una vez que tengas tu certificado, espera cinco días hábiles y acude a la Oficina de Atención Personalizada de Afore XXI Banorte, llena la Solicitud de Retiro por Desempleo y presenta en original y copia:
- Certificado vigente(2) de Derecho al Retiro por Desempleo (original), emitido por el área de Afiliación y Vigencia del IMSS
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma.
- Comprobante de domicilio actual (no mayor a tres meses, recibo de teléfono fijo, luz o predial)
- Estado de cuenta bancario con Clabe bancaria estandarizada a nombre del cliente, no mayor a dos meses.(1)
- Cualquier documento que acredite la afiliación con Afore XXI Banorte (detalle de movimientos, estado de cuenta o constancia de registro)
Una vez que presentes esta documentación, Afore XXI Banorte te entregará la cantidad que te corresponde en un plazo no mayor a tres días hábiles.(2)
Recuerda que la disposición que realices de tus recursos disminuirá el número de semanas cotizadas. Puedes recuperar las semanas descontadas por este retiro realizando aportaciones parciales o totales a la Subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez a través de tu Afore. Recuperar tus semanas de cotización te ayudará a integrarlas a las ya acumuladas, a fin de que te sirvan para el trámite de pensión; así como incrementar tu conservación de derechos ante el IMSS.
Nota: Si recibiste la Ayuda por Desempleo entre el 1 de octubre de 2008 y el 26 de mayo de 2009, podrás solicitar la diferencia entre la cantidad recibida y a la que tienes derecho, tras la entrada en vigor de la reforma a la Ley del Seguro Social.
(2) Por normatividad contamos con un plazo de hasta cinco días hábiles para pagar este retiro.
Ayuda para Gastos de Matrimonio
Como requisito para tramitar esta ayuda necesitas comprobar un mínimo 150 semanas de cotización reconocidas ante el IMSS, a la fecha de celebración del matrimonio y contar con recursos suficientes en tu Cuenta Individual para cubrir el importe del retiro.
Adicionalmente, para solicitar tu Ayuda para Gastos de Matrimonio, a partir del 2 de marzo deberás tener completo tu Expediente de Identificación. Para más información visita: www.xxi-banorte.com.
Acude a la Clínica del IMSS que te corresponde y tramita la resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio. Presenta los siguientes documentos en original y copia:
- Copia certificada del acta de matrimonio
- Documento que contenga tu Número de Seguridad Social
- Último estado de cuenta proporcionado por Afore XXI Banorte
Una vez que tengas la resolución, espera cinco días hábiles y acude a la Oficina de Atención Personalizada de Afore XXI Banorte y presenta en original y copia:
- Resolución de Ayuda para Gastos de Matrimonio(1)
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma
- Comprobante de domicilio actual (no mayor a tres meses, recibo de teléfono fijo, luz, predial)
- Estado de cuenta bancario con Clabe bancaria estandarizada a nombre del cliente, no mayor a dos meses (2)
- Cualquier documento que acredite la afiliación con Afore XXI Banorte (detalle de movimientos, estado de cuenta o constancia de registro)
- Una vez realizado el trámite, podrás disponer de tus recursos en un plazo no mayor a tres días (3)
Esta ayuda se puede ejercer sólo una vez y es necesario que el cónyuge no haya sido registrada(o) anteriormente como esposa(o) ante el IMSS. Si tu cónyuge cotiza en el IMSS y cumple con los requisitos, también puede solicitar esta ayuda realizando su propio trámite.
Vigente a la fecha en la que se celebró el matrimonio.
(1) La vigencia de la resolución es de 60 días naturales a partir de la fecha de su emisión.
(2) En caso de solicitar depósito a cuenta.
(3) Por normatividad contamos con un plazo de hasta 5 días hábiles para pagar este retiro.
Solicitud de Retiro por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez
Para poder solicitar el retiro por Cesantía en Edad Avanzada y/o Vejez, a partir del 2 de marzo deberás tener completo tu Expediente de Identificación. Para más información visita: www.xxi-banorte.com.
Adicionalmente, para poder comenzar tu solicitud de Retiro, deberás estar dado de baja del IMSS al momento de realizar la solicitud.
- Original de Resolución de Pensión emitida por el IMSS
- Identificación oficial vigente con fotografía y firma
- Documento que contenga tu Número de Seguridad Social, expedido por el IMSS, Infonavit o Afore.
- Comprobante de domicilio actual (no mayor a tres meses, recibo de teléfono fijo, luz o predial)
- CURP en original o impresión de la página de internet del Registro Nacional de Población (RENAPO); no requerida en el caso de extranjeros que no radiquen en México
- Cualquier documento que acredite la afiliación con Afore XXI Banorte (detalle de movimientos, estado de cuenta o constancia de registro)
- Estado de cuenta bancario con Clabe bancaria estandarizada a nombre del cliente, no mayor a dos meses.(1) Si la Pensión es bajo el Régimen 1973.
- Constancia de RFC emitida por el SAT
Tu Afore, Tu Ventanilla
A continuación enlistamos los documentos necesarios para el trámite, es indispensable presentarlos completos:
- Identificación oficial con fotografía y firma
- Credencial ADIMSS
- Documento que contenga tu Número de Seguridad Social, expedido por el IMSS, Infonavit o Afore.
- Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a tres meses (recibo de teléfono fijo, luz, predial; no es necesario que esté a tu nombre).
- Clave Única de Registro de Población (CURP) en original o impresión de la página de internet del Registro Nacional de Población (RENAPO); no requerida en el caso de extranjeros que no radiquen en México.
- Documentos de Afore XXI Banorte: estado de cuenta, resumen de saldos con una antigüedad no mayor a seis meses.
- Acta de nacimiento. Copia certificada.
- Estado de cuenta bancario con Clabe bancaria estandarizada, si la Pensión es bajo el Régimen 1973.
- Constancia del Registro Federal de Contribuyentes con homoclave (RFC).
Si cuentas con beneficiarios, deberás presentar:
- Identificación oficial de los beneficiarios (en caso de menores de edad, credenciales escolares, cartilla de salud o carnet de citas). CURP
Si se trata de tu esposa(o) o concubina(rio):
- Acta de matrimonio o testimonial de concubinato.
- Constancia testimonial que acredite la dependencia económica (esposo o concubinario).
Si se trata de tus hijos:
- Acta de nacimiento del (los) hijo(s).
- Constancia de estudios para hijos entre 16 y 25 años, expedida por escuelas pertenecientes al Sistema Educativo Nacional.
- Dictamen de beneficiario incapacitado ST-6, para hijos mayores de 16 años incapacitados.
Si se trata de tus padres:
- Acta de nacimiento de los padres
- Testimonial de Convivencia y Testimonial de Dependencia Económica
Si tienes alguna duda o necesitas asesoría para realizar tu trámite, comunícate al 01-800-276-5432.