Detalle de coberturas
1. Edificio.
Ampara la construcción propiedad del cliente contra los riesgos de incendio, explosión, humo, caída de árboles, impacto de vehículos automotores y aeronaves (en la cobertura básica). Adicionalmente y de manera opcional fenómenos hidrometeorológicos, terremoto y erupción volcánica.
2. Contenidos.
Ampara los contenidos propiedad del cliente (mobiliario, equipo, materia prima, producto en proceso, etc.) contra los riesgos de incendio, explosión, humo, caída de árboles, impacto de vehículos automotores y aeronaves (en la cobertura básica), adicionalmente y de manera opcional fenómenos hidrometeorológicos, terremoto y erupción volcánica.
3. Responsabilidad Civil.
Ampara los daños o lesiones que cause el cliente o el personal a su cargo por las actividades propias del negocio desarrolladas dentro del predio a terceros en sus bienes o personas. En caso de que el cliente se encuentre arrendando la propiedad, deberá incluirse aquí la cobertura de Responsabilidad Civil Arrendatario.
Coberturas adicionales:
1. Pérdidas Consecuenciales.
Ampara (dependiendo la modalidad) aquello que el cliente deja de percibir cuando es afectado por un siniestro de incendio, no catástrofe, y la suma asegurada debe comprender el estimado de facturación anual del cliente.
2. Cristales.
Ampara los cristales del inmueble. La compañía paga su reposición y la cobertura debe ser un límite en función del cristal de mayor costo que pudiera verse dañado contra el riesgo de rotura.
3. Anuncios.
Ampara el valor del anuncio y su instalación contra el riesgo de rotura en la modalidad de todo riesgo.
4. Robo con violencia.
Ampara el robo de contenidos del negocio asegurado, debiendo existir violencia del exterior al interior y hasta por la cobertura contratada. La misma deberá representar la pérdida máxima probable del cliente.
5. Dinero y/o valores.
Ampara el robo de efectivo tanto dentro del local como fuera del mismo, hasta por el límite de la cobertura contratada, debiendo existir violencia para ser perpetrado.
6. Equipo electrónica.
Ampara el daño a equipos electrónicos (computadoras, servidores, impresoras, etc.) por daños por fallas en la energía eléctrica, cortos circuitos, arcos voltaicos, etc.
7. Maquinaria, equipos y calderas.
Ampara el daño a maquinaria y bienes sujetos a presión por los daños sufridos por su propia fuerza centrífuga, desperfectos en la fundición de los materiales, errores de fabricación o incluso dolo, mala fe o falta de pericia en el manejo por parte de los operarios .